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    Derecho a la desconexión digital en ORANGE

      Este tema aparece regulado en el convenio colectivo y ha cobrado en los últimos tiempos una relevancia capital por la irrupción del coronavirus y el teletrabajo masivo y diario de casi toda la plantilla.

      02/06/2020.
      Desconexión digital

      Desconexión digital

      Básicamente consiste en el derecho de las trabajadoras y trabajadores a no atender cuestiones laborales a deshoras o a no contestar comunicaciones, llamadas, mensajes, correos electrónicos, whatsapps, etc. procedentes del trabajo fuera de nuestro horario laboral.


      La finalidad es respetar los tiempos de descanso, los permisos, los días libres y las vacaciones de los empleados/as, así como salvaguardar su intimidad y el derecho a la conciliación laboral, personal y familiar.


      Cuando se está presente en la oficina, la disponibilidad es más o menos clara, pero no ocurre lo mismo al trabajar desde casa. Por eso es importante consensuar unas pautas horarias claras, respetando lo previsto en el convenio colectivo, y que tanto nuestros responsables, compañeros/as o equipos,

      las conozcamos para que la coordinación y la conciliación sean posibles. Teletrabajar no significa estar disponible a cualquier hora del día, de la tarde o de parte de la noche y no es normal convocar reuniones por Webex casi constantes (que impiden hacer otras tareas), ni las llamadas o mensajes a la hora de comer, a ultimísima hora de la tarde o directamente por la noche.


      CCOO insiste que tampoco tiene sentido ni es correcto trabajar los fines de semana, ni cuando empiece la jornada intensiva de verano a partir del 12 de junio, por las tardes.