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    Equiparación del permiso por nacimiento de ambos progenitores

      El próximo 1 de enero de 2021 el permiso retribuido por nacimiento y cuidado del menor aumenta hasta las 16 semanas. COO te cuenta lo que debes de saber para poder disfrutarlo. 

      03/12/2020.
      paternidad

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      ¿Quién tiene derecho a este permiso?

      Todas las personas trabajadoras dadas de alta en la Seguridad Social, tanto en el régimen general como en los regímenes especiales. Siempre y cuando haya cotizado un mínimo de 180 días durante los siete años anteriores al comienzo del permiso o, en su defecto, al menos, 360 días a lo largo de toda su vida laboral. No se exige periodo de cotización para menores de 21 años. Entre 21 y 26 años se exige un periodo de 90 días en los siete años anteriores o 180 días a lo largo de la vida laboral.

      ¿Cuál es su duración?

      La duración total es de 16 semanas. De forma obligatoria, serán seis semanas ininterrumpidas a jornada completa, inmediatamente posteriores al parto o adopción. Las diez semanas restantes son voluntarias y pueden ser continuadas o interrumpidas por periodos semanales, en régimen de jornada completa o parcial, hasta que el o la menor cumpla un año. En caso de partos múltiples, se podrá ampliar en una semana para cada progenitor o progenitora por cada hijo o hija a partir del segundo. Si el hijo o hija tiene una discapacidad, se ampliará una semana para cada progenitor o progenitora.

      ¿Es posible distribuirlo a jornada parcial?

      Sí, pero requiere un acuerdo previo con la empresa, que puede celebrarse tanto al inicio del permiso como en un momento posterior y puede extenderse a todo el periodo de descanso o a parte de este.

      ¿Cuánto se cobra durante el permiso?

      Al ser un permiso retribuido, durante las 16 semanas se cobra el 100% de la base reguladora, tomándose como referencia la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior. El pago le corresponde a la Seguridad Social, no a la empresa.

      ¿Cómo solicitar el permiso de nacimiento para ambos progenitores?

      Tras el nacimiento, hay que pedir a la empresa la documentación correspondiente. Además, hay que presentar en cualquier oficina de la Seguridad Social el modelo de solicitud de prestación de permiso de nacimiento para ambos progenitores (que se puede obtener por internet), acompañado de certificado de nacimiento, original y fotocopia del DNI, certificado de empresa, libro de familia y número de cuenta bancaria.

      ¿Tengo derecho a la reserva de mi puesto de trabajo?

      Sí, y la reincorporación, según el artículo 48.1 del Estatuto de los Trabajadores, debe ser al mismo puesto de trabajo y con la misma jornada, a no ser que se haga uso del derecho a la reducción de jornada previsto en el artículo 37 del ET.

      ¿Qué pasa con las vacaciones no disfrutadas durante el permiso? 

      No se pierden y se pueden disfrutar en un periodo distinto al del permiso.

      ¿Pueden despedir al trabajador o trabajadora durante el permiso?

      Será también nulo el despido de las personas trabajadoras durante los períodos de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento, salvo que la empresa acredite que el motivo del despido no sea por esa causa.

      ¿Se puede ceder el permiso a la madre biológica?

      No, este derecho es individual de la persona trabajadora y no puede transferirse su ejercicio, por lo que si no se disfruta se perderá.

      ¿Se paga IRPF durante el permiso?

      No, el permiso por nacimiento para ambos progenitores, como el permiso por maternidad están exentos de pagar IRPF. Esta medida tiene carácter retroactivo, por lo que si entre el 2016 y 2018 el importe de la baja fue retenido puede reclamarse su devolución a través de Internet.