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    Plan de Pensiones de Retevisión y Tradia

      Ante las consultas recibidas sobre los cambios de legislación en cuanto a la aportación a los planes de pensiones, los representantes de CCOO y STC en la Comisión de Control del Plan de Pensiones, quieren aclarar algunas dudas.

      30/06/2021.
      plan de pensiones

      plan de pensiones

      Desde enero de 2021, la aportación anual máxima a planes de pensiones por parte del partícipe (trabajador/a), se encuentra limitada a 2000 euros anuales. Por lo tanto, se ha reducido desde 8.000 euros anuales (límite vigente hasta el año 2020) a 2.000 euros anuales.

      Este límite aplica de manera conjunta si se dispone de varios planes de pensiones (individuales y de empresa).

      El nuevo límite de deducción de 2000 euros podrá incrementarse hasta otros 8000 euros adicionales por contribuciones del promotor (la empresa) a favor del empleado/a, a planes de pensiones de empleo.

      En caso de que, a lo largo de un ejercicio se exceda el límite de aportación, éste deberá ser retirado antes del 30 de junio del año siguiente, pues en caso contrario se debería asumir una penalización.

      En el artículo 57 del V Convenio Colectivo de Retevisión y en el artículo 51 del V Convenio Colectivo de Tradia, se regula las aportaciones al plan de pensiones.

      Puedes consultar las tablas sobre cómo quedaría el margen de aportaciones a planes de pensiones en el documento a la derecha indicado. Hay que tener en cuenta que se suma tanto lo que aporta el participe al plan de empleo como lo que aporte a cualquier plan de pensiones individual.