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    Actualización del uso de mascarillas en Telefónica

      Telefónica propone que deje de ser obligatorio el uso de mascarilla en los centros de trabajo, sin ningún condicionamiento, excepto en los Centros de Prevención y Salud de Madrid y Barcelona.

      07/09/2022.
      Mascarilla

      Mascarilla

      Se ha celebrado una nueva reunión de la Comisión de Seguimiento del Covid-19 para valorar junto con la empresa, el uso de mascarillas en las instalaciones de todas las empresas del Grupo Telefónica, en España. 

      A pesar de la finalizacion del uso obligatorio de mascarillas, la empresa sigue recomendando su uso como medida de prevención, así como la higiene de manos, y por ello mantendrá a disposición mascarillas y gel en los centros de trabajo.

      CCOO comparte estos criterios en base a la legislación vigente y la realidad sanitaria que se vive tanto dentro como fuera de la empresa, no encontrando objeción en la eliminación de la obligatoriedad de mascarilla en nuestras instalaciones tal y como propone el SMPRL, salvo en nuestros Centros de Prevención y Salud de Madrid y Barcelona, en cumplimiento de las exigencias actuales de las autoridades sanitarias. 

      Igualmente apoya, que existiendo la voluntariedad del uso y como medida sanitaria importante para minimizar los efectos de cualquier enfermedad infecciosa, más allá del COVID, se mantenga a disposición de las personas trabajadoras del Grupo Telefónica en España tanto mascarillas como geles.

      Desde CCOO se ha solicitado que se aclare la afección de esta nueva medida en las tiendas Telyco. La decisión acordada es la de mantener las mamparas delimitadoras actuales, así como eliminar la obligatoriedad del uso de mascarilla.

      Para terminar, ha solicitado a la empresa que prorrogue las medidas aprobadas en la última reunión de esta Comisión, relativas a que:

      • Las personas sensibles puedan continuar teletrabajando hasta ver la evolución en el cambio de los parámetros de uso de mascarilla, a lo que la empresa ha dado su aprobación.
      • En caso de confinamiento de hijas o hijos, hasta 4º de la ESO, la persona trabajadora pueda también teletrabajar, durante los días necesarios.
      • Si una empleado o empleado da positivo en COVID y lo acredita, pueda teletrabajar al menos una semana para evitar riesgos innecesarios, a pesar de ya estar derogadas por ley las cuarentenas obligatorias.Siendo aceptada por la empresa la prórroga de todas ellas, hasta nueva consideración.