FSC-CCOO Telecomunicaciones | 14 julio 2026.

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    Guía Completa: Permiso Parental de 8 Semanas para el Cuidado de Hijos e Hijas Menores de 8 Años

    • Novedades y condiciones de aplicación en Telyco para el año 2026

    La conciliación de la vida laboral y familiar sigue avanzando gracias a la acción sindical organizada. Con el objetivo de aclarar todas las dudas respecto a la implantación y disfrute del permiso parental de 8 semanas, detallamos a continuación los aspectos clave, las condiciones económicas para este año 2026 y las mejoras específicas logradas en el marco del Plan de Igualdad de Telyco.

    03/07/2026.
    Cuidados menores

    Cuidados menores

    1. ¿Qué es el permiso parental y quién puede solicitarlo?

    El permiso parental es un derecho individual e intransferible configurado expresamente para la atención y cuidado de hijos o hijas biológicos, adoptados o en régimen de acogimiento (siempre que este último sea superior a un año). Este derecho puede ejercerse de forma continua o discontinua hasta el momento exacto en que el menor cumpla los 8 años de edad.

    Cada progenitor dispone de un total de 8 semanas por cada hijo o hija que cumpla con los requisitos de edad. Es importante destacar que su disfrute debe realizarse obligatoriamente en semanas completas y a tiempo completo.

    2. Condiciones de Disfrute y Retribución Económica en 2026

    La normativa laboral y de Seguridad Social establece una transitoriedad en la remuneración de este derecho. Para el año en curso, las condiciones se estructuran de la siguiente manera:

    • Semanas Retribuidas: En este año 2026, 2 de las 8 semanas son totalmente retribuidas al 100% de la base reguladora. El abono de estas semanas corre a cargo de la Seguridad Social, aplicando anacimientos, adopciones o acogimientos constituidos desde el 2 de agosto de 2024.
    • Semanas No Remuneradas: Las 6 semanas restantes de las que se compone el permiso no conllevan percepción económica.
    • Garantía de Cotización: Durante todo el periodo en el que se disfrute el permiso (tanto en las semanas retribuidas como en las no retribuidas), se mantiene inalterado el alta y la cotización correspondiente en la Seguridad Social.

    3. Novedades Conseguidas por CCOO en el Plan de Igualdad de Telyco

    A través de la negociación colectiva y el impulso de la Sección Sindical de CCOO, se ha logrado una mejora de enorme impacto para la plantilla dentro del Plan de Igualdad de Telyco:

    La totalidad de las 8 semanas del permiso parental se considerará como tiempo efectivo de trabajo a efectos exclusivos del cómputo de la antigüedad en la empresa y para el correcto cálculo del devengo de las vacaciones anuales. Esto evita penalizaciones indirectas por el ejercicio de la conciliación.

    4. Procedimiento de Solicitud y Gestión Práctica

    Comunicación a la Empresa

    • La solicitud formal debe presentarse por escrito a la dirección de la empresa con una antelación mínima de 10 días respecto a la fecha de inicio.En el documento se deben indicar con claridad las fechas de inicio y fin, o bien especificar los periodos fraccionados elegidos (siempre en semanas completas).

    Tramitación Económica (2semanas pagadas)

    • La gestión de la prestación económica del 100% de la base reguladora debe tramitarse de manera directa por el trabajador ante la Seguridad Social.Para ello, la empresa tiene la obligación legal de facilitar previamente el certificado de empresa que acredite formalmente los datos laborales del solicitante.

    5. Compatibilidad Absoluta con el Permiso por Nacimiento

    Este derecho es plenamente compatible y complementario con los permisos derivados del nacimiento de un hijo. De este modo, una madre o un padre puede encadenar de forma consecutiva las 19 semanas del permiso por nacimiento vigentes en la organización y, con posterioridad, planificar el disfrute de las 8 semanas del permiso parental a lo largo de la infancia del menor.

    Documentación asociada
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