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    Un paso mas en el camino hacia la igualdad en Telefónica

      En la segunda reunión de la Comisión Interempresas de Igualdad se han abordado el conjunto de medidas para la igualdad y la no discriminación de las personas LGTBIQ+ con el fin de garantizar sus derechos, la igualdad de oportunidades y de erradicar cualquier situación de discriminación a la diversidad en el ámbito laboral, a raíz de la aprobación del Real Decreto 1026/2024 de 8 de octubre.  

      16/12/2024.
      Igualdad LGTBI

      Igualdad LGTBI

      El contenido de las medidas está organizado en las siguientes áreas de actuación, las cuáles, incluyen acciones específicas siempre orientadas a garantizar los derechos e igualdad real del colectivo LGTBIQ+.

      • Igualdad de trato y no discriminación: mediante cláusulas para favorecer la diversidad y la no discriminación.
      • Acceso al empleo: a través de medidas encaminadas a la eliminación de estereotipos de las personas LGTBIQ+, especialmente mediante la formación de las personas que participan en los procesos de selección.
      • Clasificación y promoción profesional: garantizando la objetividad y la no existencia de elementos personales, basándose únicamente en la cualificación y la capacidad, garantizando así la igualdad de condiciones.
      • Formación, sensibilización y lenguaje: a través de módulos y cursos específicos de diversidad sexual, familiar y de género y difusión de campañas, etc.
      • Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos: con el fomento de la heterogeneidad de la plantilla, garantizando la protección contra comportamientos LGTBIfóbicos.
      • Permisos y beneficios sociales: se garantizará el acceso a todos los derechos, permisos y beneficios sociales establecidos en el convenio sin discriminación por razón de orientación e identidad sexual y expresión de género.
      • Inclusión del colectivo LGTBIQ+ en el protocolo de acoso laboral: donde queda absolutamente prohibida cualquier conducta y comportamiento que pudieran entenderse como LGTBifobia[1].

      Por otro lado, el sindicato te anima a participar en la encuesta que la empresa lanzó el pasado 4 de diciembre para toda la plantilla, con el fin de recabar información sobre la percepción de la inclusión de la diversidad LGBTIQ+ en el ámbito laboral. Es importante que se lleven a cabo este tipo de iniciativas para poder detectar la situación real y necesidades específicas de las personas LGTBIQ+ en el ámbito laboral. 

      Desde CCOO seguiremos trabajando en todos los ámbitos de negociación colectiva en la Empresa por la igualdad de oportunidades y, reafirma su compromiso en materia de diversidad sexual y de género, promoviendo el desarrollo de políticas de Igualdad y de medidas encaminadas al cumplimiento de los derechos de las personas LGTBIQ+ y diversidad. 

      [1] Según el artículo 3 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, “toda actitud, conducta o discurso de rechazo, repudio, prejuicio, discriminación o intolerancia hacia las personas LGTBI por el hecho de serlo, o ser percibidas como tales”. 

      Documentación asociada
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