FSC-CCOO Telecomunicaciones | 6 julio 2025.

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    IPC 2022: revisión y subida salarial en Telefónica

      Según el dato publicado por el INE este 13 de enero, del IPC de diciembre de 2022, quedando la variación del índice general nacional según el sistema IPC base 2021 desde diciembre del 2021 hasta diciembre de 2022 es del 5,7%. 

      13/01/2023.
      revisión salarial

      revisión salarial

      CCOO es garante del cumplimiento del acuerdo firmado en el II CEV, artículo 14, donde se recoge la Revisión Salarial en el periodo 2019 – 2022: 

      “Si a fecha 31 de diciembre de 2022, el IPC real acumulado del periodo 2019 a 2022 (ambos incluidos), fuera superior a los incrementos pactados de la masa salarial global para ese periodo, ambas partes se comprometen a revisar las tablas salariales con efectos de 1 de enero de 2023 para garantizar que no se produzca pérdida del poder adquisitivo en este periodo.”

      Una vez aplicada en tablas dicha revisión salarial, gracias al liderazgo de CCOO en la negociación colectiva, se llevará a cabo una nueva subida salarial:

      “Para el año 2023 se garantiza un incremento de la masa salarial teórica global del 1,5% que tendrá carácter consolidable. 

      Adicionalmente para el referido año, en el mes de octubre, se abonará una cantidad de 300 euros a todas las personas trabajadoras incluidas dentro del ámbito del Convenio, que estuvieran dados de alta a fecha 1 de enero de 2023. 

      De esa cantidad, 150 euros se incorporarán a los sueldos base a 31 de diciembre de 2023, formando parte de la masa salarial en el ejercicio 2024 a efectos de cálculo para la revisión salarial del año siguiente.”

      Y gracias una vez más a la responsabilidad de CCOO, a la finalización del año 2023, habrá una nueva revisión salarial.

      CCOO del mismo modo que pone en valor la cláusula de la garantía de la revisión salarial para el colectivo dentro de convenio, solicita abordar de manera específica los mecanismos de subida salarial y retribución no variable del colectivo Fuera de Convenio.

      El que este colectivo Fuera de Convenio no obtenga una subida salarial semejante a la revisión salarial pactada para las personas trabajadoras de dentro de convenio, no solo es injusto, sino que devalúa dicha figura, no cumpliéndose con ello sus expectativas.