FSC-CCOO Telecomunicaciones | 1 agosto 2025.

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    Novedades en los permisos de conciliación

      CCOO te informa sobre las novedades en los permisos de conciliación. 

      31/07/2025.
      Ley de Familias

      Ley de Familias

      CAMBIOS GENERALES

      1. El permiso por nacimiento, adopción, y guarda con fines de adopción y de acogimiento pasa de 16 a 19 semanas.
      2. Dos de estas 19 semanas podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo o la hija cumpla los ocho años.
      3. Este derecho es individual de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor.

      FAMILIAS MONOPARENTALES

      1. En el supuesto de mono parentalidad, por existir una única persona progenitora, el periodo de suspensión será de 32 semanas.
      2. Cuatro de ellas a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo o la hija cumpla los ocho años.

      ¿QUIÉN PODRÁ ACOGERSE A LOS NUEVOS PERMISOS?

      1. La norma entra en vigor este 31 de julio de 2025. Por tanto, los progenitores cuyos hijos e hijas nazcan a partir de esta fecha podrán hacer uso de las 19 semanas de permiso.
      2. Las dos semanas, cuatro en el caso de mono parentalidad, de suspensión del contrato de trabajo o del permiso por nacimiento y cuidado de menor que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla los ocho años de edad, será de aplicación a los hechos causantes producidos a partir del 2 de agosto de 2024. Los progenitores cuyos hijos e hijas hayan nacido a partir de esa fecha podrán hacer uso de esas dos semanas.
      3. Tanto el disfrute como la prestación de estas dos semanas podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.